TITULO III
DEL REGISTRO MERCANTIL.
1. ¿Que objetivo tiene el registro mercantil?
ARTICULO 26. Registro mercantil-objeto-calidad. El registro mercantil tendrá por objeto llevar la matricula de los comerciantes y de los establecimientos de comercio, así como la inscripción de todos los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exigirá esa formalidad.
El registro mercantil será público. Cualquier persona podrá examinar los
Libros y archivos en que fuere llevado, tomar anotaciones de sus asientos o actos y obtener copias de los mismos.
2. ¿Que entidades están encargados de llevar y supervisar el registro?
ARTICULOS 27. Competencia de las cámaras de comercio para llevar el registro mercantil-competencias de la superintendencia de industria y comercio. El registro mercantil se llevara por las cámaras de comercio, pero la superintendencia de industrias y comercio determinara los libros necesarios para cumplir esa finalidad, la forma de hacer las inscripciones y dará las instrucciones que tiendan al perfeccionamiento de la institución.
3. Brevemente relaciones personas y actos mercantiles sujeto a registro
R/ personas y actos mercantiles sujetos al registro son:
· Los representantes legales de una empresa.
· También están sujetos al registro mercantil las propiedades conyugales cuando uno de los dos es un comerciante, ya que la propiedad o negocio pasara hacer de los dos cónyuges.
· Cuando una empresa esta en quiebra también debe hacer el debido registro, para que los proveedores y demás contratos que tengan den la respectiva espera.
4. ¿Cómo se prueba inscripción en el registro mercantil?
R/ La inscripción en el registro mercantil se prueba se la siguiente manera.
ARTICULO 30. Prueba de inscripción en el registro mercantil. Toda inscripción se probara con certificado expedido por la respectiva cámara de comercio o mediante inspección judicial practicada en el registro mercantil.
5. Según el código de comercio, en que plazo debe matricularse la matricula mercantil y su renovación.
R/ ARTICULO 31. Plazo para solicitar la matricula mercantil. La solicitud de matricula será presentada dentro del mes siguiente a la fecha en que la persona natural empezó a ejercer el comercio o que la sucursal o el establecimiento de comercio fue abierto.
Tratándose de sociedades, la petición de matricula se formulara por el representante legal dentro del mes siguiente la fecha de la escritura publica de constitución o a la del permiso de funcionamiento, según el caso y acompañara tales documentos.
El mismo plazo señalado en el inciso primero de este articulo se aplicara a las copropiedades o sociedades de hecho o irregulares, debiendo en este caso inscribirse todos los comuneros o socios.
ARTICULO 33. Renovación de la matricula mercantil-termino para solicitarla. La matricula se renovara anualmente dentro de los tres primeros meses de cada año.
RESUMEN DEL REGISTRO MERCANTIL.
El registro mercantil es para llevar la matricula de los comerciantes y de las establecimientos y todos los libros y requisitos que la ley exija. Este requisito se inscribirá en la cámara de comercio y la superintendencia de industria y comercio dará los demás requisitos para un buen financiamiento de la institución.
También debe de tenerse encuentra que personas o actos deben estar inscriptos en el registro mercantil y estas son quienes ejercen el comercio y se han auxiliares, también los actos como capitulaciones matrimoniales cuando alguno es comerciante, los embargos y demandas la autorizaciones para un menor ejerces, entre otros.
También hay reglas para el registro como registrarse en la cámara de comercio con jurisdicción al lugar donde se realice la actividad, la inscripción puede solicitarse en cualquier tiempo, si no hay un tiempo fijo y respectivo certificado de la cámara de comercio y también se debe recordar solicitar la matricula mercantil dentro del mes siguiente en que se abrió el negocio o se ejerce y este se debe renovar anualmente durante los tres primeros meses.
El contenido de la matricula mercantil serán datos personales domicilios si tiene a alguien autorizado para administrar el negocio entre otros si es comerciante.
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