lunes, 4 de julio de 2011

contracto de sociedades

Contrato de sociedades.

1. Cuantas personas son obligadas a hacer un aporte y de qué.
R/ Por el contrato de sociedad dos o más personas se obligan a hacer un aporte de dinero.

2. “Se entenderán incluidos como objeto social los actos directamente relacionados con la misma”.
¿Que tiene como finalidad ejercer?
R/  Tiene como finalidad ejercer los derechos a cumplir las obligaciones, legal o convencionalmente derivados de la existencia y actividad de las sociedades.

3. Que se tendrán como comerciales.
R/  Se tendrá como comerciales todos los efectos legales, las sociedades que se formen para la ejecución de actos o empresas mercantiles.

4.  Para que el contrato de sociedad  sea válido que es necesario.
R/  Respecto a los asociados es necesario que de su parte haya capacidad le gal y consentimiento exento de error esencial, fuerza o dolo, y que las obligaciones que contraigan tenga un objeto y causa licita.

5. Que valida las sociedades familiares.
R/  Si será validada la sociedades entre padres, hijos o cónyuges aunque unos y otros se han los únicos asociados.

6. Que requisitos cumple una escritura sociales.
R/ Los requisitos que cumple una escritura social es cuando hay estipulaciones indicadas en el Art 110  expresado en una forma incompleta en el régimen legal, en el cual las escrituras adicionales son de los mismos socios.

7. Que impugnación puede hacer una escritura registrada legalmente.
R/ Hecho en debida forma el registro de la escritura social  no podrá impugnarse el contrato si no por defectos de vicios, de fondos conforme a lo previsto y los Art 104 y siguientes de este código.

8.  A que se refiere el Art 106.
R/ A la nulidad insaneable en el contrato de la sociedad en el cual la causa no podría sanearse. Cundo alguna ilicitud provenga la abolición de la prohibición o del monopolio purgaran el contrato del vicio de la nulidad.

9. Que prueba de existencia o contrato y representación hay de la sociedad.
R/ La sociedad y las causas del contrato se probarían con certificación de la cámara de comercio del domicilio principal.

10. Que efectos del código de comercio no registro, no cumple ante la sociedad.
R/ La cámara de comercio es correspondiente al domicilio principal de la sociedad será inoponible el contrato a terceros, aunque se halla consumado la entrega de los aportes de los socios.




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